El pasado sábado dia 30 de marzo asisti perplejo al final de partida que se
produjo entre mi compañero Antonio Garcia y la señora Alexandrova
En ella la señora Alexandrova decidió en un momento de la partida que ya había
apuntado suficientes jugadas en su planilla y que no apuntaría mas, curiosamente
este momento coincidió con el apuro de tiempo de los rivales los cuales jugaron
unas 30 jugadas contando solo con los incremetos que se derivaban de las mismas
A consecuencia de esto una vez acabada la partida la planilla de la señora
Alexandrova no solo era absolutamente ilegible si no que contenía 25 jugadas mas
que las que se produjeron esta planilla obra en poder del comité de competición
de la federación.
Comentar por fin que el hecho de la diferencia de jugadas era debido a que los
garabatos que hacia la señora alexandrova ocupaban una media de tres renglones
de la partida
En todo esto mi compañero reclamo varias veces antes de que la partida
concluyera no solo sintió la mofa de varios de los componentes de la UGA si no
que la señora Alexandrova le dijo que como pretendía entender su planilla si
ella anotaba las jugadas en ruso
Una vez concluida la partida se presento el correspondiente recurso al comité de
competición; esta fue su resolución literal
|
|
Resolució del Comitè de Competició 18/2010 |
|
|
|
|
REUNIT, el Comitè de Competició i Disciplina Esportiva de la Federació Catalana d’Escacs, en el seu domicili habitual, Gran Via de les Corts Catalanes, 594, 7è-1a de Barcelona, a les 12 hores del dia 24 de març de 2010 per conèixer els temes de la seva competència, i VIST, la reclamació del C.E. Montcada de la ronda 9 del Campionat de Catalunya per Equips de Divisió d’Honor, on denuncien que la jugadora Olga Alexandrova de la UGA escrivia a la seva planilla de manera il·legible. ATÈS, el que diuen les Lleis dels Escacs de la FIDE: 8.1 En el transcurs de la partida cada jugador està obligat a anotar les seves pròpies jugades i les del seu adversari en la forma correcta, jugada rere jugada, de forma tan clara i llegible com sigui possible, en anotació algebraica (veure apèndix C), en la planella prescrita per a la competició... Per tot això, en la present resolució s’acorda: Advertir la jugadora Olga Alexandrova de la UGA que ha d’anotar les partides tal com indiquen les lleis dels escacs de la FIDE, de forma clara i llegible. En cas de reincidència podria ser sancionada. Contra aquesta resolució pot interposar-se recurs, en el termini màxim de cinc dies hàbils següents a la notificació de l’acte impugnat, davant el Comitè d’Apel·lació de la Federació Catalana d’Escacs.
EL COMITÈ DE COMPETICIÓ DE LA FCE
|
|
|
|
|
|
© 2010 FCE |
|
Ante todo lo expuesto se me ocurren varias preguntas a los miembros de dicho
comité
1consideran que el hecho de jugar contra un rival que no quiere anotar su jugada
no supone una desventaja evidente cuando se esta jugando durante tanto tiempo
solo con los 30 segundos del incremento?
2-este articulo tiene menos estatus que cualquier otro del reglamento ya que un
incumplimiento voluntario y flagrante como obviamente se produjo solo trae
consigo una advertencia al infractor?
3-que sucederá si en mi próxima partida no me da la gana de anotar las jugadas
de mi planilla?
se me ocurren mas preguntas pero de entrada con que alguien me respondiera estas
me conformaría
Narciso Bravo Barranco
Tengo otra
pregunta para la FCE que agradecería fuese contestada, además de las formuladas
por mi compañero de club, Narciso Bravo.
Estos son dos artículos de las Leyes del Ajedrez de la Fide:
Artículo 13.1
"El árbitro se cuidará de que se cumplan estrictamente las Leyes del Ajedrez."
Artículo 13.3
"El árbitro observará las partidas, especialmente cuando los jugadores estén
apurados de tiempo, exigirá el cumplimiento de las decisiones que haya adoptado
y, cuando corresponda, impondrá sanciones a los jugadores."
Pregunta:
A la luz de esos dos artículos:
¿Considera el Comité de Competición que cuando no hay un árbitro presente en una
prueba oficial de la FCE, como es el caso del Cataluña por Equipos, no se han de
cumplir "estrictamente" las Leyes del Ajedrez, ni siquiera cuando los
jugadores estén apurados de tiempo y cualquier irregularidad puede ser decisiva
en el resultado de la partida?
Formulo esta pregunta porque estoy convencido de que si hubiera habido un
árbitro en el encuentro Montcada - UGA, este no habría permitido a la jugadora
Olga Alexandrova seguir incumpliendo el artículo 8.1 hasta el final de la
partida, sin aplicarle antes alguna sanción más efectiva que un simple aviso, y
mucho menos estando con apuros de tiempo.
Ante la resolución adoptada por el Comité de Competición en este caso, me temo
que la única manera de que los jugadores estén verdaderamente amparados, frente
a quienes cometen esta clase de infracción, es que haya un árbitro en la sala,
cosa que lamentablemente no ocurre en el Cataluña por Equipos, para desgracia de
algunos y beneficio de otros u otras.
Francisco Cano.