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 Actualizado con fecha: 22/10/2013 14:44:59

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MULTIJUGADORES

 

Buenas tardes a todos. Ahora que la web está un poco más activa voy a aprovechar para lanzar un pequeño debate, aunque seguramente no le preocupe a muchos.

 

Mucha gente mira con asombro cómo el ajedrez permite que un mismo jugador pueda participar en diferentes equipos de todo el mundo, participar simultáneamente (entiéndase con fechas mezcladas) en diferentes ligas de diferentes países.

 

Todos miran hacia otro lado, ya que ¿quién se va a quejar? Así los maestrillos como yo podemos cobrar algunos euros extra y ser unos auténticos profesionales. Y la FIDE? Pues para qué se va a meter donde no les llaman. Además, así, por cada jugador cobra el triple o el cuádruple en licencias. “Que lo reglamente cada país” dicen.

 

Como todo en la vida, este concepto fue evolucionando y ahora ya hay varios jugadores que se dedican a participar en diferentes clubes y Autonomías durante la misma temporada, convirtiéndose en superprofesionales. La FEDA… pues para qué se va a meter en esos fregaos de competencias autonómicas. “Que lo reglamente cada autonomía” dicen.

 

Al menos en Navarra, el Club ganador (el mío, por cierto, que no me lea el presi…) quedó campeón de Navarra utilizando unos cuantos “multijugadores” de esos venidos de Aragón, luchando contra otro club que también tenía algún multijugador. Los demás clubes, qué pardillos, si sus jugadores sólo juegan en su club!

 

Recientemente han expulsado a un navarro del Campeonato de España, ya que la FEDA, al no poder/querer meterse en reglamentos autonómicos, al menos limitó que los multijugadores autonómicos no pueden disputar el campeonato de España. Este jugador había participado en 3 ligas autonómicas con 3 clubes distintos a lo largo del 2012. Los reglamentos permiten lo que permiten, con lo que nada que criticar al jugador.

 

En Navarra ya se ha reglamentado para limitar los multijugadores, pero para que sea eficiente se necesita un acuerdo global de todas las federaciones autonómicas.

 

En un deporte donde deberíamos destacar por nuestra visión a largo plazo, yo pregunto a esos que juegan en varios países (yo también lo he hecho, por cierto):

 

¿No se dan cuenta los multijugadores que se están convirtiendo en mercenarios?

 

¿No se dan cuenta los presidentes de club, que estos jugadores no crean valor? Solo vienen, se visten la camiseta que les digan, juegan una partida, cobran (cada vez menos) y se van. En muchos casos, ni la propia cantera del Club sabe quién es, ese Maestro, ese gran jugador que se lleva el dinero del club y deja de existir en cuanto termina la partida. Todos los valores sociales y deportivos que se supone que debe tener un club pierden bastante sentido.

 

¿No sería mucho mejor que un jugador sólo pudiese estar federado en un club simultáneamente? Quizás esos jugadores fuesen mucho mejor cotizados (cobrar más), tuviesen que aportar más al club, a la cantera (crear valor) y en resumen, vestir y sentir la camiseta, defender sus intereses y objetivos y… quién sabe, hasta disfrutar de tener un equipo.

 

Los equipos serían más débiles, cierto, pero al menos serían un equipo.

 

Lo que vemos ahora en el Cto de España de División de Honor no es una competición por equipos, sino un torneazo muy interesante entre jugadores de la élite con algún español por ahí metido, pero a muy pocos le importa qué equipo gane, ni siquiera a algunos multijugadores de ese mismo equipo. La cantera no aprende de esos jugadores de la élite, ni siquiera los ven ni una vez, algunos ni siquiera saben que existen, ya que solamente juegan el Cto de España. Mi visión personal y con todos mis respetos a quien se esfuerza por mantener esos equipos: Se están desperdiciando los pocos recursos que tiene el ajedrez, ya que esa inversión, en la inmensa mayoría de los casos, no tiene el más mínimo retorno.

 

Este debate lo he tenido con algunos Grandes Maestros… e imaginaros su opinión… en fin, el ajedrez es demasiado egoísta y yo no me entero de nada.

 

Gracias y siento que haya sido tan extenso.

 

Roi Reinaldo

Article de Enric Garcia publicat a Rabiosa actualitat d'Escacs

He de reconeixer que desconec parts de la problemàtica o situació general que explica l'article, però a primera impressió:


 
Estic d'acord amb l'opinió del autor, MI Roi Reinaldo. Els fets que explica en l'article "Multijugadores" haurien d'estar regulats. No té lògica que un jugador pugui representar a la vegada varis clubs; i principalment que una Comunitat ho reguli i altra no.

 
Tinc el màxim respecte pels jugadors titulats professionals. Un dels objectius del meu Blog resulta precisament que es valori més la seva feina i èxits.

 
No estic en contra dels jugadors que juguen a clubs condicionant la seva participació amb el mateix; o sigui sense ser socis naturals. Si el club, la junta del mateix o per acord assembleari s'acorda que juguin jugadors professionals a un Per Equips a canvi d'un tracte econòmic, classes, etc.......; no hi veig cap inconvenient. Pot resultar positiu pel club si s'ha acordat amb un procediment correcte pel mateix.

 
Tampoc veig cap inconvenient a que jugadors titulats i/o professionals juguin els opens sense pagar inscripció o acordant condicions prèvies amb l'organització. En les característiques actuals d'aquests opens s'aprecia com existeixen premis econòmics per trams o segons el nivell. O inclús existeixen cada vegada més campionats per a amateurs, amb un objectiu de promoció, que beneficien a jugadors de nivell mitjà. Aquests premis o talls per nivells no existeixen a molts esports; i en alguns d'aquests la èlit no només no paga inscripció, sino que a més cobra per participar. Per tant entenc que els nostres titulats tinguin alguns privilegis en els campionats.

 
A l'opinar que estic totalment a favor de l'article "Multijugadores" del Roi Reinaldo, no em mou cap tipus d'ànim crític vers els jugadors que practiquen els escacs amb intencions o objectius econòmics; com es pot apreciar a les meves opinions dels dos paràgrafs anteriors. En alguns apartats del nostre àmbit trobo correcte que se'ls beneficii d'alguna manera; però també caldria regular algunes pràctiques per evitar situacions sense lògica.

  

Hola a todos,

 

Este asunto siempre me ha interesado y me gustaría añadir mi opinión al respecto. Entiendo la queja de Roi Reynaldo pero no la comparto, ya que sería ir en contra del mundo de los profesionales que siempre ha existido y supongo que no dejará de existir mientras haya dinero.... para mi no hay ninguna diferencia entre un "unijugador" y un "multijugador", es responsabilidad de los clubs saber a qué y a quién dedican sus recursos económicos (a caso alguien está de acuerdo que Gareth Bale haya costado 100M€ y sin embargo seguiremos viendo el futbol) pues en ajedrez igual...hace ya tiempo que el concepto de club ha pasado a la historia, y únicamente aquellos clubs que dedican mayoritariamente sus esfuerzos en la cantera y en el ajedrez base en colegios son los destinados a sobrevivir. El resto serán únicamente sustento de los jugadores profesionales (mercenarios suena muy mal y no lo merecen). Todos sabemos que los jugadores profesionales van a lo que van, visten la camiseta juegan y se van ¿que más quieres que hagan Roi? ¿guardar las piezas de los tableros cuando acaba la ronda? ¿colocar a cero los relojes?... y cuántos de ellos duran más de dos temporadas seguidas en sus clubs? pero así es el mundo de los profesionales, hay que aceptarlo y ya está. 

 

Sobre lo que decías que estos jugadores no crean ningún valor a los clubs, si que lo hacen, dan prestigio a sus clubs y prestigio a los opens donde participan, y aporta el mismo valor el que juega en un club que el que juega en tres a la vez, si, a diferencia de otros deportes, pueden jugar en varias ligas a la vez por fechas pues mejor para ellos (su trabajo también les cuesta, tiempo, viajes...) y no olvidemos nunca que para poderte ganar la vida con este deporte hay que ser muy bueno y sino lo eres tienes que jugar más ligas para poder comer y pagar el alquiler....

 

El ajedrez no es más egoista que otros deportes, el problema es el dinero, que todo lo corrompe amigo Roi....

 

Un saludo

Esteban Montilla-jugador no profesional

Saludos

Sr Esteban Montilla. Entendiendo tambien su punto de vista, pero igualmente me veo con la obligación moral de responder al diferir en un par de puntos de su escrito. Aunque como verá en algunos otros detalles estamos de acuerdo.

Soy consciente que su opinión es generalizada en un sector amplio del ajedrez, como apunta cuando se refiere a los profesionales del ajedrez como "visten la camiseta, juegan y se van". Suponiendo que todos fueran así, lo mismo podriamos atribuir a todo deportista profesional en cualquier disciplina. La difencia seria que de los ajedrecistas tenemos esta imagen totalmente definida; mientras que a futbolistas, jugadores de basquet u otros les aplaudimos o les pedimos autografos. Pero la actitud o trayectorias de los mismos no diferiria mucho en sus respectivos campos (hasta aquí suposición).

Pero para mi no todos se limitan a hacer eso en cualquier disciplina. Como toda persona que trabaja en cualquier sitio, hay quienes se integraran mejor o peor en su grupo. O tambien algunos de ellos han colaborado en Catalunya y en otros sitios a estas escuelas de ajedrez o cantera de la que cada vez, por fortuna hay más en Catalunya, y que usted mismo nombra positivamente en su escrito. Algunos GMs o titulados profesionales han puesto su dedicación tambien en ello; esto último no es una opinión, lo veo como un hecho.

El artículo de Roi Reinaldo apunta a beneficiar esta integración y trabajo. Yo, por eso, como él si puedo ver diferencias entre el que sólo trabaja en un club, y el que viaja. Quizas si vaya como comenta en contra la medida del jugador de ajedrez profesional. En esto quizás estoy de acuerdo. Pero la medida iria en favor de la lógica, con ello a la larga como el comenta creo que saldriamos ganando en imagen del profesional, integración y trabajo de cantera quizás. Simplemente es una opinión suya y mia.

Sobre la la situación actual de los clubs no creo que esten muriendo, simplemente esta cambiando. Ha desaparecido la presencia de los jugadores en ellos respecto a hace años, pero se organizan más actos y campeonatos organizados por estos que antes. Efectivamente como dice hay clubs que invierten en jugadores profesionales, otros con un trabajo importante de cantera (o tambien combinación de ambos); pero tambien hay otros que pueden funcionar perfectamente con un socio mayormente adulto, sin inversiones en jugadores, pero no por estas dos razones el club ira en decadencia como creo entender en su escrito. Hay muchos clubs en Catalunya que funcionan perfectamente así. Creo que la prueba que muchos clubs, por lo menos en Catalunya, funcionan es la cantidad de torneos organizados que se anuncian en esta web.

Por último solo añadir que si estoy de acuerdo en que el ajedrez no es más egoista que otras disciplinas. En ello difiero como usted del primer articulo de Roi Reinaldo, pero comparto la idea general del mismo.

Enric Garcia Garrido

 

Multijugadores

 

En los deportes en que la liga dura nueve meses el problema no se da, pero si la competición se juega en pocas fechas el problema es real y coincido con la tesis de Roi.

 

Sin embargo, en las intervenciones no he visto que se mencione un aspecto importante: la pureza deportiva de la competición.

 

¿Qué es eso de la pureza? Tal vez un ejemplo ayude más que una definición: Imaginen que Messi y otros jugadores del Barça jugasen de vez en cuando con el Barça B para impedir un hipotético descenso. Los rivales del Barça B protestarían al tener que enfrentarse ese día a un Barça B mucho más reforzado. Al final, otro club, y no el Barça B descendería de categoría. ¿Por qué? Porque esa competición habría perdido su pureza deportiva. El reglamento del fútbol impide esto, los reglamentos de la FIDE, FEDA o de varias autonómicas no.

 

Las competiciones autonómicas de club se juegan en otoño, invierno o primavera. De esta forma un mismo deportista puede estar federado en dos, tres o más autonomías jugando otras tantas competiciones por equipos.

 

La FEDA regula este aspecto a distancia: con el argumento cierto de que no tiene competencias en el ámbito autonómico, permite jugar a quien sea dónde sea y sólo interviene si el jugador es inscrito en una competición nacional. Si ha jugado en más de un campeonato autonómico no le permite jugar.

 

Lo cierto es que, si el calendario lo permite, ese jugador puede jugar un sábado en la autonomía A, al día siguiente en la B y al domingo siguiente en la C. De esta forma ese jugador contribuye a que “sus” tres clubes ganen, asciendan e incluso adquieran derechos de clasificación nacional en detrimento de los clubes que no utilizan a ese multijugador, como Roi lo ha bautizado.

 

Si esos tres clubes desean jugar el Nacional sólo tienen que tener la precaución de no inscribir en el nacional al jugador que multiutilizaron. El club navarro no tuvo esa precaución. Pero, en mi opinión, las competiciones de A, Y y Z no eran puras deportivamente hablando, máxime cuando clasificaban, por derecho directo o de forma open al mismo campeonato nacional.

 

Personalmente no estoy de acuerdo ni con el lavado de manos de la FEDA ni con los argumentos de algunos dirigentes autonómicos.

 

1.      Si se detecta que un jugador ha disputado dos o más campeonatos autonómicos en la misma temporada, la FEDA no sólo debería impedir al jugador disputar el campeonato nacional, también debería impedírselo al club.

2.      Se abriría entonces el caso de un jugador que no informa a su club A de que jugó en B y C y que luego el proyecto del club A de jugar el nacional se venga desagradablemente abajo. Algún caso se daría al principio, pero esta situación terminaría desapareciendo con el tiempo.

3.      Pasemos al campo autonómico.  Una cosa es que las competencias en materia de deporte estén transferidas y que por lo tanto las autonómicas puedan aprobar normas sobre esta cuestión y otra distinta es que permita que en “su” competición autonómica unos clubes utilicen jugadores con licencia en otras autonomías mientras que otros clubes no lo hacen.

4.      La autonomía ni tiene ni debe conocer eso a priori. Sólo debe prohibirlo y actuar en caso de reclamación, sancionando con alineación indebida, pérdida del encuentro o descenso de categoría, según hayan reglamentado.

5.      Roi menciona el argumento de que así la FIDE o las autonómicas recaudan más por licencias, o que se facilita que estos jugadores aumenten sus ingresos. Evidentemente lo que menciono se refiere al ámbito nacional, no al internacional.

6.      Entiendo que debe defenderse antes el principio de que las competiciones sean más puras y justas. Que, cuando te enfrentes a un club, sus integrantes sean sólo de ese club.

 

Para no cansar más. Roi:

·         La FIDE evidentemente no va a hacer nada al respecto.

·         Las autonómicas tampoco. Se ha intentado ya y hay una gran disparidad de criterios.

·         La FEDA podría ampliar su prohibición de las personas a las entidades y ayudaría a defender el concepto de pureza. Pero si un club no tiene intención de jugar el nacional, podrá fichar jugadores de otras autonomías si la normativa de la suya lo permite.

·         Se podrá seguir fichando a jugadores que estén en clubes extranjeros.

 

Digamos que es un caso en el que, con la excusa de que la FIDE lo hace mal, los demás copian el mal ejemplo sin pudor.

 

Ricardo Montecatine

 Amigo Ricardo

Como sabes en la última reunión de presidentes en Benidorm, mantuve que no tenia claro que la prohibición de jugar en dos autonomías fuese una buena medida.

Vaya por delante que si que estoy plenamente de acuerdo con la norma de la FEDA de impedir que un jugador que ha jugado dos ligas autonómicas no pueda participar en el Campeonato de España por equipos.

Cuando legislamos reglamentos siempre hay efectos colaterales y en este debate todo el mundo habla de jugadores de un cierto nivel, pero nos olvidamos que también hay aficionados que viven en zonas limítrofes entre dos autonomías y que normalmente juegan dos campeonatos. Me viene a la memoria jugadores del sur de Valencia que juegan la liga murciana por poner un ejemplo.

A estos jugadores ni se les pasa por la cabeza jugar el campeonato de España y de alguna manera representan un ingreso extra en licencias para las dos comunidades, que con los tiempos que corren a nadie le viene mal.

Yo estaría de acuerdo en defender la pureza deportiva de la Competición si la cumpliésemos del todo, es decir, si no pudiesen jugar el Campeonato de España por equipos los jugadores que hayan jugado en otras ligas, y aquí no solo me refiero a las autonómicas si no que englobo las de otros países. La FEDA podría legislarlo, pero  se le echarían encima los jugadores "profesionales" que perderían ingresos y algunos clubs que no sabrían de donde sacar jugadores de un cierto nivel.

Es habitual ver equipos que en la Copa de Europa no pueden presentar su mejor alineación porque sus jugadores están comprometidos a jugar con equipos de otros países, eso también es una "adulteración" de la competición.

No le echemos la culpa a la FIDE legislar esto esta en nuestras manos

En el fondo se trata. con medidas reglamentarias, de favorecer un modelo de club. 

Toni Ayza

Buenas a todos,

Siguiendo un poco con el comentario del Sr. Toni Ayza en cuanto a daños colaterales de ciertas medidas me gustaría poner otro ejemplo, un ejemplo que me ha ocurrido personalmente esta temporada pasada ya en Andalucía presente aún en Catalunya.

Habrían muchos detalles por medio pero iré a lo que considero más importante.
Allá por Febrero me armé de valor y decidí volver a vivir a Catalunya a intentar conseguir un trabajo que no he podido conseguir en Andalucía durante tres años.

- Solicité la baja formalmente en la Federación Andaluza de Ajedrez (FADA). Argumentando mi cambio de domicilio por causa de fuerza mayor.
- La FADA me negó la baja. Expusieron parte del reglamento.
- Me di de alta igualmente en la FCDE. Exponiendo también parte del propio reglamento FADA.
- FADA me abre expediente para posteriormente sancionarme con 300 € de multa.
- A todo esto, la Delegación Gaditana de Ajedrez DGA, no se preocupó por el tema en ningún momento, cosa a "agradecer" de paso.

Aquí viene lo llamativo del caso bajo mi punto de vista. No me sancionaron con  meses-años sin jugar, no sancionaron por suerte a mi anterior club en Andalucía, le pusieron precio a la pureza deportiva, según ellos 300 € tienen la culpa.

Vamos que pagando los 300 € podía volver a Andalucía a jugar el Campeonato autonómico absoluto por ejemplo, ya que ni me dieron de baja ni me sancionaron con nada más referente a lo estrictamente deportivo. 

Me resulta sorprendente ver al Sr. Ricardo hacer castillos en el aire con posibles sanciones  que deberían de aplicarse sin mencionar las multas económicas como hizo la FADA  en mi caso. Me imagino ahora vendrá el yo no fui, fue un juez... en fin... Tirar la piedra y esconder la mano.

Volviendo al tema en si, un jugador paga una licencia en una comunidad autonómica y tiene derecho a jugar un por equipos, un absoluto, y los torneos añadidos que cada autonomía oferte a sus federados. Si se da esta circunstancia de cambio de domicilio el jugador podría perderse todos o varios de esos torneos si se es tan estricto y tajante con el no dejar a un jugador cambiar de federación hasta que no acabe una temporada, que esto es otro tema... En Andalucía las temporadas acaban en Agosto, en Catalunya en Diciembre.


Reciban un cordial saludo !

Fco. Javier García.
 

Amigo Toni

Tal vez se haya interpretado que estoy en contra de que cualquier jugador pueda disputar dos ligas autonómicas de la misma temporada. No es así, Roi ha planteado el caso en el que existe un interés económico y un nivel de juego que pueda ser decisivo en las competiciones en las que esté presente. Sólo sobre ese caso escribí.

La mejor prueba de lo que afirmo es que en la pasada asamblea de la Andaluza modificamos la norma que impedía conceder la baja federativa a todo el mundo que hubiese disputado la liga andaluza.

Por resumirlo. Se concederá la baja a quién, no teniendo 2200 de Elo, acredite una causa para trasladarse a otra autonomía. En este caso podrá presentar una matrícula en centro docente, un contrato laboral y acreditar un cambio de domicilio. Si tiene 2200 o más valdrá lo anterior excepto el simple cambio de domicilio.

No se estimó lógico dar una libertad total para cambiar de autonomía y jugar todas las ligas que se desee.

A todos nos parece normal que no se pueda pertenecer a dos clubes de la misma autonomía. Es un criterio deportivo lógico dentro de una competición autonómica estructurada. En términos deportivos, jugar en Alicante y Murcia, no se aleja tanto. Son dos competiciones autonómicas, en lugar de una, que también están estructuradas en otra supra autonómica.

Hoy día hay una amplia variedad de posibilidades para jugar ajedrez, mucho más que en tiempos pre autonómicos. Entonces no se podían jugar dos campeonatos por equipos en la misma temporada, ¿por qué de repente ahora parece un “drama” no poder hacerlo”

Mencionas el tema de los torneos por equipos en otros países para señalar que la FEDA podría regularlo pero que teme la reacción de los jugadores profesionales. No es exactamente así. Al tratarse de contratos profesionales aparece la famosa sentencia Bosman que impide tomar muchas medidas disuasorias. Todo eso llevo a situaciones como la de aquella selección polaca jugando entera un campeonato nacional o a aquellos empadronamientos “instantáneos” de hace unos años. La exigencia, aceptada por el CSD, de tener bandera FIDE por España logró poner un pequeño pero eficaz freno a estos excesos y la situación actual es simplemente tolerable. Tú mismo defendías, con mi apoyo pero con poco éxito, la creación de una categoría (primera o segunda) genuinamente autonómica, de clubes de los de toda la vida.

En este terreno sólo la FIDE podría intervenir y los dos sabemos que no lo hará. Por supuesto en el Campeonato de Europa el GM Menganito escogerá entre sus cuatro o cinco clubes y listo. Si recuerdas tiempos pasados a los jugadores españoles les pagaban mucho más por jugar sólo con un club.

Pero el resumen es que, sin la FIDE, no se puede solucionar lo que Roi plantea. Con la FEDA se puede mejorar algo la situación y nada más.

Un saludo. Ricardo Montecatine

Hola!

 

Gracias por vuestras opiniones a todos.

 

Sólo pretendo aclarar algunas cuestiones, por si acaso:

 

Yo no busco perjudicar a los profesionales… sería como tirar piedras contra mi propio tejado. Esteban refleja una realidad, argumenta que es la que es y que no se puede hacer nada. Yo prefiero ser un poco más idealista y dejar la posibilidad de que es posible que pueda funcionar mejor el sistema (ahora vamos a la deriva) y a la larga los profesionales (y los clubes) se vean favorecidos y con una vida más estable.

 

¿Qué podrían aportar los profesionales a un club además de sus victorias? Pues mucho, pongo una lista que se me ocurre en dos minutos:

 

·         Dar sesiones de tecnificación a sus clubes, cantera, señores mayores…etc.

·         Simultáneas, exhibiciones o lo que se tercie para que el “pueblo” sepa que está ahí.

·         Entrevistas, marketing, imagen, contribuciones en la web, análisis de partidas, difusión…

·         Participar en competiciones “menores” con el equipo, hacer vida social, ir al club, conocer a la gente, relacionarse.

·         Representar al club. Cuando uno escucha el nombre de un futbolista, enseguida lo asocian a un club y viceversa. Ya sé que el futbol no es comparable, pero esa es la esencia que busco. Es decir, que Paco Vallejo esté asociado al Sabadell, y no al Badem Badem, al equipo francés, al Sabadell y a cualquiera en el que juegue. No está asociado a ninguno y más exagerado sería si estuviese en diferentes clubs del mismo país. Para ello está claro que Vallejo deberá cobrar más allá donde esté, porque la exclusividad tiene precio, pero también el club se tendrá que ocupar de que esa inversión cree valor en el club de la forma que sea.

 

En resumen, mi opinión es que si un profesional solamente pertenece a un club, mejoraría la imagen tanto del jugador como del club. Todos se pelearían por Vallejo, Salgado, Illescas…etc. Y si en España no les convence el proyecto, también se pelearían por ellos en el extranjero, porque si un equipo tiene a Vallejo… no lo puede tener otro! Al poder jugar en 5 o 6 equipos simultáneamente… opino que los profesionales pierden valor (tanto económico como de relevancia deportiva) cada día que pasa. Enric va más o menos en esta línea argumentativa  de acuerdo conmigo.

 

En cuanto a las aportaciones de los “presis”, entiendo el punto de vista aficionado y sé que se puede generar alguna situación algo ilógica, pero Toni, un jugador de 2000 de Elo Fide, aunque no cobre por jugar, puede mantener a un equipo valenciano en la máxima categoría (aportando en el tablero que le corresponda) y a la vez ganar la liga murciana con otro equipo. Comparto plenamente el concepto de pureza deportiva de Ricardo, y creo si un equipo se gana la clasificación al Cto de España, con jugadores que no podrán disputarla, está adulterando la competición.

 

Hay un sinfín de torneos, por suerte, a la que ese aficionado puede ir a participar en otras comunidades sin necesidad de que sea la Liga Autonómica ni campeonatos oficiales. Tal como están los reglamentos de algunas federaciones, un mismo jugador puede quedar también Campeón Individual de varias autonomías en la misma temporada. Si eso no es ridículo… es que ya no entiendo nada.

 

Yo incido en el perjuicio que se genera de forma paulatina el hecho de que venga un jugador de fuera a llevarse los recursos del club (bien sean en dinero o en pagar viajes o en una comida), a no aportar nada más que un punto (si es que gana) y además quitarle plaza a los veteranos o niños que llevan toda la vida.

 

A Francisco Javier decirle que su caso es curioso y parece bastante injusto. Seguramente hay alguna información que nos falta para juzgarla, como único consuelo te diría que normalmente en el período de transición hacia una normativa diferente siempre se producen injusticias ya que no se suelen contemplar todos los casos. Parece que esta vez te ha tocado a ti, pero seguro que las federaciones mejorarán el reglamento para que en el futuro todo sea lo más justo posible.

 

Gracias y un saludo.

 

P.D: Ah! Y ya sé que la FIDE no va a hacer nada, pero precisamente una de las razones es porque el colectivo de jugadores profesionales (ACP o como se llame ahora) no lo aceptaría, y yo opino que es por tener una visión totalmente cortoplacista, algo muy de moda en ámbitos sociopolíticos.

 

Roi

 

He leido la discusión sobre los multijugadores y me gustaría hacer algunos comentarios:

 

Entiendo que a un jugador ha solicitado una baja en una Federación y se le ha denegado. Eso es ilegal. La Constitución Española establece que tienes derecho a separte voluntariamente de una asociación en cualquier momento. Consulté con un abogado y me dijo que si le prohibieron darse de baja que lo denuncie que gana seguro.

 

Por otra parte, una Federación no puede prohibir federarse a alguien que paga su cuota, salvo por casos de dopaje. Entiendo que una Federación no puede prohibir fedarse a alguien porque haya estado federado en otra comunidad o porque vaya a clases de ajedrez o a cursos de cocina. La única entidad que podría regular federase en dos comunidades es la Feda (siempre que esas federaciones de las diferentes comunidades estén integradas en la Feda) y la Feda lo permite en su reglamento de competiciones:

 

Artículo 6.11

10. En el caso de que un jugador dentro de la misma FDA cambiara de 

Club durante el transcurso de la temporada, su FDA deberá anunciarlo a 

la FEDA.

Para poder participar en el Campeonato de España por Equipos será 

necesario que:

1. La fecha de cambio de Club sea anterior al 1 de marzo

2. Que no haya jugado ninguna partida oficial con su club de origen en 

la temporada en curso.

 

La Feda tampoco puede prohibir que un jugador se federe en España por 

haber estado federado en otro país, eso debería de regularlo la Fide.

 

Creo que todas estas cuestiones debería de resolverlas un abogado 

antes de que los aficionados discutamos si es o no bueno que suceda.

 

Un saludo

Arturo González Pruneda

 

Estimado Sr. González.

 

La licencia federativa no es sólo un derecho –al cuál podríamos renunciar si así lo estimásemos- sino que también es el origen de obligaciones y deberes. No sólo sirve para disputar competiciones, también implica “el sometimiento de la persona a quien le ha sido tramitada a la jurisdicción federativa” (Art 177 del Estatut de la F. Catalana).

 

Al  federarse, de forma libre y voluntaria, se contrae un compromiso, se establece una relación jurídica obligatoria entre el deportista y la federación. Este origen voluntario no implica que sea voluntario todo el régimen jurídico que afecta a la licencia. Precisamente la existencia de esa licencia es la que legitima a un comité de disciplina a instruir un expediente disciplinario. ¿Le parece razonable que alguien cometa una determinada infracción y que al día siguiente anule su licencia para no poder ser sancionado?

 

También discrepo de su siguiente afirmación. Las autonomías tienen competencia plena en materia de deporte. En consecuencia la FEDA no puede prohibir a alguien federarse en Murcia porque esté federado en Extremadura. En cambio la FEDA podría prohibir a alguien federarse en España porqué lo esté en Francia (o sancionarlo si lo detectase después). Si la FEDA lo permite es porque puede y quiere. Eso si, la FEDA se limita a decir que alguien federado a la vez en Murcia y Extremadura no puede jugar un Campeonato de España.

 

El pago de una cuota no lleva aparejado el “derecho a retirarse” La cuota no solo es para “poder competir” también es para “contribuir a sostener la infraestructura federativa” y su abono nada tiene que ver con el poder darse o no de baja.

 

La Federación Andaluza simplemente tiene establecido en qué casos concede la baja y en qué casos no. Ello no implica que no pueda federarse en la Catalana, como así sucedió en el caso del Sr. García, sólo implica que, al incumplirse una regla de la Andaluza, se debía abrir un expediente por ello.

 

La Catalana aceptó al Sr. García porque podía aceptarlo y quiso aceptarlo. En el caso de la Andaluza, si recibimos una petición de un jugador con licencia en otra autonomía claro que podemos denegársela. Está en nuestras normas. Pedimos que se aporte la baja de esa autonomía y en ese caso aceptamos que se federe. Obviamente existe un artículo que indica en qué casos y por qué motivos puede denegarse.

 

El Sr. García practica en su respuesta una nueva modalidad de ajedrez, juega por él y también por mí, en el sentido de que anticipa mi respuesta a su conveniencia. Como sucede en muchos ámbitos, el Presidente de una Federación no tiene nada que ver con lo que un Comité de Disciplina decide. Y es muy correcto que sea así. Ejecutivo y judicial separados. Tan es así que a mí también me sorprendió que se fijase una sanción económica. Con ello no afirmo que esté de acuerdo o en desacuerdo, simplemente me sorprendió, yo también esperaba algo de tipo deportivo. El Sr. García omite informarles que en su recurso a la Junta, y por otros motivos, la sanción le fue retirada.

 

No sé qué piedra tiré ni qué mano escondí. Un jugador solicita la baja y se le deniega porque así lo especifican las normas. Aún así se federa en otro lugar y se informa al comité. Éste instruye un expediente, hay una resolución, una sanción, un recurso y un levantamiento de sanción.

 

Lo que justamente no puede hacer un dirigente deportivo es tener conocimiento de unos hechos y actuar como juez decidiendo no informar al comité de disciplina. Hice lo que tenía que hacer y luego hice más. Analizando el “Caso García” me pareció que la forma en que el Reglamento Andaluz abordaba este tema no era la mejor. Al propio Sr. García le dije en un correo que intentaría cambiar los artículos que lo regulaban y eso hice unos meses después. La Asamblea lo analizó y lo modificó.

 

Siguiendo la teoría del cambio de domicilio del Sr. García, este otoño me proclamo Campeón Individual en Cataluña, cambio de domicilio y ganó el Individual de Valencia en el invierno, me cambio de casa a Andalucía y me proclamo Campeón Andaluz en primavera y todavía apuro algo más y me voy a Canarias a quedar Campeón allí. De ser así, reconozco que habría que quitarse el sombrero. Pero es de sentido común que haya reglas que impidan esto.


Sr. González, permítame una broma, usted consultó a un abogado y yo a un Doctor y Catedrático en Derecho. Digamos que mi posición es de leva ventaja.

 

 Un saludo

Ricardo Montecatine

Buenas,

Me gustaría añadir un comentario al debate abierto en Ajedreznd titulado multijugadores. En contestación al Sr. Ricardo Montecatine.

Al Sr. Montecatine,

No practico ninguna modalidad nueva de ajedrez, sólo analizamos la "partida" ya jugada, como bien sabe en el análisis está permitido jugar por ambos bandos.
El resultado de la "partida" lo ha decidido publicar usted, yo no lo hice porque me limité únicamente a comunicar a los lectores de AjedrezND el practicar de la Federación Andaluza de Ajedrez (FADA).
El levantamiento de la multa lo hace el Comité de Disciplina Deportiva de la Junta de Andalucía, o sea un órgano ya fuera del mundo ajedrecístico.

Aquí cada uno juega a su conveniencia como usted mismo dice. cito textualmente de su escrito "
 Un jugador solicita la baja y se le deniega porque así lo especifican las normas. Aún así se federa en otro lugar y se informa al comité " Aquí usted omite que me federo en otro lugar porque un artículo de la FADA dice claramente lo siguiente:

Art: 8.1:  

La condición de miembro de la FADA expira por las causas siguientes:
a. Sanción disciplinaria específica.
b. Fin de la temporada para la que fue expedida.
c. Alta, antes del fin de la temporada, en otra Federación Autonómica Española del mismo deporte.
d. Fin del plazo dado con carácter general y con este efecto, para la renovación de la licencia.
Dicho plazo no podrá ser inferior, en ningún caso, a 15 días en la misma temporada.



Que el propio reglamento FADA tenga muchas lagunas no es mi problema, yo también actué reglamento en mano, cosa que vosotros nunca aceptasteis, me federé en Catalunya para así conseguir la baja en Andalucía, en fin... procedisteis en contra de vuestras propias normas.

Hubiera aceptado gustosamente una sanción tipo x tiempo sin jugar, sin federarme allí o cualquier sanción deportiva, lo que no puedo aceptar es una sanción económica entre otras cosas porque emigro por falta de recursos económicos.
Permítame Sr. Montecatine que salvando las distancias le copie pegue una especie de noticia que circula por las redes sociales " El Ayuntamiento de Madrid multará con 750 € a los que resbusquen comida en la basura." añadiendo... " Si tuviesen 750 € no lo harían, pedazos de gil......." 

A mi me quedó claro que la FADA en mi caso fue a hacer daño más que justicia, ¿300 € a una persona que emigra para BUSCAR un trabajo? Bah, no lo entiendo.
Recalco lo de buscar, porque según he leído al Sr. Montecatine ahora presentando un contrato de trabajo conceden la baja a jugadores con más de 2200 de ELO. Aunque ya sea totalmente irrelevante en mi caso tampoco se me habría concedido ya que fui a BUSCAR a la aventura, no tenía nada seguro.

Como dije en el primer comentario, durante el proceso hubieron más cosas, tipo... sabiendo que estoy en Catalunya, llaman a mi casa de Cádiz, al teléfono fijo! y hablan con mi madre... no me cabe duda que con intención de saber si realmente me había ido a vivir a Catalunya o no... juzguen vosotros mismos. Mi madre que no sabía nada del tema les atendió como pudo. Cualquier persona e incluso ellos mismos podrían haber conseguido mi teléfono móvil como así le facilitó mi madre... en fin...


¿Pureza deportiva? 300 € clin clin.



Reciban un cordial saludo !

Fco. Javier García.
 

Mi más sinceras disculpas

 

Estimado Sr. García, le expreso mi más sinceras disculpas. ¿Cómo pude estar tan ofuscado? ¿Cómo pude ignorar que el art. 8.1.c dice que la condición de miembro de la FADA expira por “Alta, antes del fin de la temporada, en otra Federación Autonómica Española del mismo Deporte”?

 

Lo dicho, no tengo perdón de Dios. No quiero extenderme mucho más. Estoy afligido. ¡Qué barbaridad!

 

Sólo me queda una pequeña duda, una levísima duda...

 

¿Por qué las personas que instruyeron el expediente no cayeron en algo tan elemental? ¿Por qué luego la Junta de Andalucía tampoco cayó en esto? Dándole vueltas a este misterio sólo se me ocurre una posibilidad, tal vez sea remota, pero quién sabe…

 

¿Sería tal vez porque leyeron el art. 8.2? Si, si, el 8.2, el que está en la misma página, literalmente un par de milímetros debajo del que usted decide escoger para demostrar la iniquidad sufrida.

 

En fin, el 8,2 decía:

“La licencia se considera expedida hasta el fin de la temporada correspondiente. Antes de este plazo un jugador no puede darse de alta en otra Federación Autonómica, o en otra Delegación Provincial, sin permiso expreso de la FADA. Este permiso se otorgará si la licencia, ordinaria o de otro tipo, no ha sido utilizada en forma directa, por ejemplo, participación en competición que conlleve clasificación o premio provincial, o indirecta, por ejemplo, orden de fuerza de equipo determinado por Elo)

 

Claro que si usted considera que puede escoger los artículos a su gusto. Si usted considera que se contradicen o que se trata de una “laguna”, pues entonces creo que lo mejor es que desista de intentar razonar más.

 

El 8.1 enumera las distintas formas que hay para que la licencia expire.

El 8.1.a. dice que por sanción disciplinaria. Ello no necesita explicación.

El 8.1.b indica que por fin de la temporada. Tampoco requiere explicación.

El 8.1.c., que es el que tratamos, precisa aclaración y se ofrece lógicamente en el 8.2.

Queda el 8.1.d, también está bastante claro, pero como tiene un aspecto colateral, se explica en el 8.3.

 

Por supuesto, como usted jugó el campeonato andaluz con su equipo, en categoría autonómica, se denegó la baja porque el 8.2 lo impide con meridiana claridad.

 

Ricardo Montecatine

 

Buenas,

Le acepto las disculpas... es más... páseme el número de cuenta que al final me hizo "tilín" todo aquello de la pureza deportiva, he decidido ingresarle a la FADA 300 €.

Intento despejarle sus dudas, a ver si usted también puede hacerlo con las mías.

¿Por qué las personas que instruyeron el expediente no cayeron en algo tan elemental?

No lo sé, quizás sobredosis de pureza deportiva.

¿Por qué luego la Junta de Andalucía tampoco cayó en esto?

Cito palabras textuales de la resolución: 

"Es encomiable el estudio realizado por el Juez Único en su extensa resolución sobre el régimen jurídico de la licencia federativa, los derechos y obligación que conlleva, su vigencia, el vínculo del federado con la Federación que supone la imposibilidad de doble licencia, etc...

Este comité podría entrar a COMBATIR el contenido de la resolución de su Juez Único, mostrando su desacuerdo e, incluso, admitiendo algunos de sus razonamientos.- Pero lo que en absoluto puede estar de acuerdo este Órgano es con el fallo de la resolución recurrida."

Considero que la Junta tuvo que trabajar poco en este caso, sólo viendo la norma en blanco que aplicasteis para sancionarme paró de leer, ¿para que más?
Resumiendo en términos ajedrecísticos, que tenían mate en una, ¿para que liarse analizando más variantes?

A mi me da la impresión leyendo la resolución que podía entrar a discutiros aquel "cuento" de tus deberes como federado y tal, si sí, el mismo que usted le soltó al Sr. Arturo González, es curioso que lo que expuso la FADA a la Junta es el mismo "cuento" que defiende usted.

Voy más allá...
Pobre de mi, que escojo artículos a mi gusto, no entiendo la esencia, no pillo el sentido, todos lo tienen muy claro menos yo... pobre de mi... quizás tengo que volverlo a leer, un segundo Sr. Montecatine entro en la web de la FADA y vuelvo a leerme el famoso artículo 8.1 a ver que pasa....

¡Qué sorpresa!

 

REGLAMENTO GENERAL DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE AJEDREZ

 

 

 

Aprobado por la Asamblea General el 09.06.2013



 

Artículo 8º. Duración y causas de extinción de la condición de federado XE "LICENCIA FEDERATIVA:Extinción de la Condición de Federado"

 

1.       La condición de miembro de la FADA expira por las causas siguientes:

a.       Sanción disciplinaria específica.

b.       Fin de la temporada para la que fue expedida.

c.        Alta, antes del fin de la temporada, en otra Federación Autonómica Española del mismo deporte, previo permiso de la FADA.

d.       Fin del plazo dado con carácter general y con este efecto, para la renovación de la licencia. Dicho plazo no podrá ser inferior, en ningún caso, a 15 días en la misma temporada. 




Ese famoso artículo el cual un servidor no entendía bien ha sido modificado recientemente, han incluido al final del artículo la coletilla resaltada.

Sólo me queda una pequeña duda, una levísima duda...

Si tan claro estaba que incluso quiere desistir de el encomiable trabajo social que está usted realizando intentando abrirme los ojos, ¿porqué lo modifican?
¿porqué tocáis algo que ya estaba bien? Sr. Montecatine, permítame el siguiente calificativo pero es usted un crack.

Ups, perdone, tengo una segunda duda, ¿podría explicar las irregularidades de la eliminatoria previa de ascenso a División de Honor de la temporada pasada? Es que en aquel momento nadie sacó la bandera de la pureza deportiva, ni tan siquiera usted y se influyó DIRECTAMENTE en los ascensos-descensos. Esta duda no la obvie por favor, estoy deseoso de escuchar la explicación "impura".

Entre chistes e ironías que gran cómico hemos perdido en los carnavales de Cádiz. Por favor siga deleitándonos. 

Una miqueta de si us plau senyor Montecatine...

 

A Roi decirle que creo que ya ha salido toda la información que se precisa para hacerse una idea de como fue el tema, yo sigo sin entender la sanción de 300 €, que alguien me lo explique. Roi, si por cada acto impuro hemos de pagar 300 € ¿llegaremos a fin de mes?


Reciban un cordial saludo.


Fco. Javier García

Estimado Sr. García:

 

La explicación del añadido al art 8.1.c es de sentido común. Si con la redacción anterior usted no entendió su significado, se optó por ponerlo aún más claro. Sin embargo opino que, con la redacción del 8.2 a continuación, el añadido no era necesario. Desde luego no esperábamos que alguien leyese el 8.1 e ignorase el 8.2.

 

Veo que pasa de multijugadores a su expediente y ahora a otro tema. No sé la irregularidad que usted menciona en dichas eliminatorias. Unos equipos se clasifican para una eliminatoria, varios renuncian y son sustituidos. Aclare usted en qué consiste su opinión.

 

Un saludo

Ricardo Montecatine

Buenas,

Muchas gracias por dedicarme de forma exclusiva parte de vuestro reglamento, es el mayor "homenaje" que podría recibir del ajedrez andaluz.
Igualmente una cosa es ponerlo "aún más claro" y otra es añadir cosas como así habéis hecho. Las cosas no se dan por sabidas ni se suponen y mucho menos en un reglamento lo que pone, hay que cumplirlo al pie de la letra.
En ningún momento ignoro el 8.2 el que usted mismo dice que está dos milímetros hacia abajo, no lo ignoro porque el primer día que pregunto por mi baja me dais con el artículo en la cara (es una forma de hablar, fue todo por e-mail). Usted ya es el segundo mensaje que dice que yo decido no ver o decido ignorar y no es cierto, me lo mostráis desde el minuto cero. Leyendo vuestro propio reglamento tropiezo con el 8.1 c que también es muy claro en lo que dice o decía ya...

Yo tampoco esperaba que se aplicase el 8.2 y que el 8.1 c se ignorase. A la tercera repetición le reclamo tablas ¿eh?
¿Solución en aquel momento? Ya le sugerí que tal y como decía claramente el 8.1 c se me concediera la baja y con el 8.2 me abrierais expediente. Mejor o peor pero los artículos hemos de cumplirlos Sr. Montecatine, si no, ¿que nos queda?

Se me aplica únicamente el 8.2 se ignora el 8.1 c no se concede la baja y me caen 300 € de multa, entre otras cositas durante el transcurso del procedimiento como ya he explicado con anterioridad. Sinceramente, ¿Qué opinión le merece todo eso? Yo le soy claro, me parece un atropello o mejor dicho un intento de atropello, sobre todo conociendo como conocíais los motivos de mi cambio de domicilio. Menos pureza y más sentido común por favor. ¿Me queréis sancionar? ¡Pues Vale! pero no le pongáis precio a la pureza deportiva, principalmente porque en mi opinión perdéis toda la credibilidad.
Considero que esto ha sido el típico caso que uno cree tener toda la razón del mundo (y puede ser así, no lo niego) pero pierde esa razón con las formas.

Todavía no encontré explicación al tema económico, como sabes Sr. Montecatine en mi recurso puse el siguiente artículo del reglamento de disciplina deportiva de la FADA, espero no haberlo entendido mal, porque parece también muy claro. Se lo comento porque no conozco su opinión al respecto.

Art. 30)  Reglas para la imposición de sanciones pecuniarias.

 

a)      Únicamente podrán imponerse sanciones personales consistentes en multa, en los casos en que los sancionados perciban retribuciones por su labor, y hasta un máximo igual al total de dicha retribución. Se consideran también retribuciones los premios y las ayudas económicas.

Ni siquiera cuando el club tenga responsabilidad subsidiaria por la infracción de uno de sus jugadores podrá imponerse multa si dicho jugador no percibe retribución por su labor o imponerse multa que exceda de la retribución.

Como consecuencia de una infracción podrá imponerse como sanción principal o accesoria la pérdida o revocación parcial o total de una ayuda o subvención económica, de acuerdo con las disposiciones vigentes. 
b)
      Para una determinada infracción podrá imponerse multa de modo simultáneo o accesorio  a cualquier otra sanción de distinta naturaleza, siempre que esté prevista estatutaria o reglamentariamente para la categoría de infracción de que se trate y que, en su conjunto, resulte congruente con la gravedad de la misma.

De estar previstas estas sanciones, se impondrán en el mismo grado de la escala que, en su caso, se corresponda con la sanción principal.

c)      El impago de las sanciones pecuniarias tendrá la consideración de quebrantamiento de sanción. La sanción económica, en su caso, deberá ser abonada en la Secretaria o en cuenta bancaria de la FADA, en un plazo máximo de 15 días después de que la sanción haya cobrado firmeza.

d)      En todo caso se tendrá en cuenta, para la imposición de las sanciones pecuniarias, el nivel de retribución del infractor.

 



¿También se contradice con el artículo 28 que es el que se decide aplicar por parte de la FADA y por lo tanto se anula?


Para usted son tres temas, multijugadores, expediente y otro tema. Para mi es todo un tema, "pureza deportiva" que por cierto lo saca usted, defiéndalo.

Usted dice que varios equipos se clasifican, varios renuncian y son SUSTITUIDOS (palabras textuales).
Ese es el problema, que no fueron sustituidos, ocho equipos la jugaban, renunciaron tres, se clasificó de forma directa a otros tres y emparejaron a los dos que sobraron, cuando el reglamento decía claramente en su momento (creo que ahora está modificado) que había que sustituir las renuncias preguntando al siguiente clasificado y así sucesivamente.  La Eliminatoria de la que hablo es exactamente la PREVIA o INTERNA entre equipos de primera división que daban paso a la eliminatoria final por el ascenso a División de Honor.


Le copio el artículo tal y como estaba en el momento que ocurrió la irregularidad:

Artículo 100º. Renuncia a la promoción.

2. Si el renunciante es autonómico será sustituido de la siguiente forma: 
a. Si es de DH será sustituido por el mejor 8ª en % de puntos, siempre que no sea retirado o 
descalificado. 
b. Si es de 1ª y renuncia a la promoción de ascenso O A LA PROMOCIÓN INTERNA SERÁ SUSTITUIDO según 
los criterios del art. 110. 
c. Si es de 1ª y renuncia a la promoción de permanencia, será sustituido según los criterios del art. 
110.

Artículo 110º. Clasificaciones y derechos deportivos 

1. Tras las promociones, las clasificaciones finales de División de Honor y de 1ª Andaluza se 
reconvertirán en una única clasificación de derechos deportivos para la siguiente temporada. En cada 
categoría se ordenarán por el puesto logrado en su grupo, calculando el % de puntos obtenidos por 
cada uno. En caso de igualdad se aplicará el % de puntos por tableros. De persistir la igualdad la 
clasificación será ex aqueo. 


¿Se influyó directamente sobre ascensos y descensos?
¿No considera ese "apaño" un atentado contra la pureza deportiva? Por eso saco el tema, me llama la atención que usted abanderado de la pureza deportiva y presidente de la FADA desconozca o permita estas impurezas en sus propias competiciones.


Reciban un cordial saludo.


Fco. Javier García

 

Acabo de leerlo y no salgo de mi asombro.

Si algo ha demostrado (aparte de jugar gambitos inferiores, que todo hay que decirlo) Francisco Javier García Jiménez es que es un caballero jugando al ajedrez. He coincidido con él en varios torneos y le he visto, por ejemplo, dar tablas en un pueblo de Málaga a un contrario que se va a quedar sin tiempo pero que tiene posición ganadora o ver como la ineficacia de un árbitro ante un chanchullo le quita el primer puesto por desempate en Chiclana y no querer repartir el dinero cuando el ganador (quien por cierto no tenía nada que ver con el apaño) se lo ofreció, cosas que pocos profesionales harían. Aparte, su comportamiento ha sido en todo momento irreprochable y le he visto siempre analizar con jugadores inferiores con exquisita educación y respeto. También le he visto reconocer los errores, cosa no tan habitual como puede comprobarse. Se que intentó ir de monitor con los niños al Campeonato de Andalucía y no fue escogido con gran sorpresa por mi parte, sorpresa que tornó en estupefacción cuando comprobé que lo que había propuesto no incluía remuneración alguna. En fin, que es uno de esos Maestros que se merecen el título, con independencia del Elo que tengan.   

No se qué pasó en esa eliminatoria, ni si tuvo problemas con la Federación. No se cómo se llevaba con los directivos, no se si se le llamaron a su casa ni quién lo hizo, no se si quien le sancionó fue la Fada o la Delegación Gaditana. Tampoco quiero leer los Estatutos, ni sus modificaciones, ni cómo se instruyó el caso. Todo eso no me interesa.

Sólo quiero decir que la multa de 300 euros me da vergüenza como jugador de la FADA, que puedo comprender que por tamaño delito un burócrata le quiera negar el permiso de fichar por un club catalán por no se bien qué criterio de pureza deportiva y hasta que se lo niegue, que intente que la FCE no le admita, que no le deje jugar en competiciones andaluzas en ese año o hasta que le sancione sin derecho a licencia en años sucesivos, pero que le abran un expediente tras la aceptación por La Federación Catalana me parece ya inaudito.        

Y ya personalmente, la vergüenza se convierte en franca repugnancia cuando veo que a un señor que emigra de su tierra por motivos laborales (¿qué paro hay en San Fernando, un 40%?) se le pretende multar con 300 euros por intentar jugar al ajedrez en otro sitio y encima, los que les multan son sus propios paisanos.

Suerte en Cataluña, Javi, a ver si encuentras la suerte que no has tenido aquí, y no quiero ni pensar lo que habríamos dicho si  se multa con 300 euros en Cataluña a un jugador andaluz por duplicidad de ficha.

Antonio Ruiz Ledo

(jugador de ajedrez en Cádiz, que lo de federado por la FADA no me apetece hoy decirlo)

 

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